domingo, 22 de noviembre de 2015

Y en muchas ocasiones, la vida.

Un pueblo de costa. Un turista se pone a dialogar con un pescador. En un momento de la conversación le pregunta el turista al pescador: ¿Cuanto tiempo le dedicas a la pesca? y responde "2 horas al día". Entonces le pregunta "¿Y no trabajas más?¿Como es un día tuyo?" Pues le responde:"Por la mañana me levanto tarde, voy a pescar. Después voy a por mis niños al colegio. Después vamos a comer. Después de una buena siesta juego con mis niños y los llevo a actividades extraescolares. A continuación les hago la cena y me voy de parranda con mis amigos. Motivo por el cual por la mañana me levanto tarde." Turista:"¿y porqué no le dedicas más tiempo a la pesca?" Pescador: "¿y para que?" Turista: "para ganar más dinero" Pescador: "¿y para que?" Turista: "para comprar un barco más grande que te permita pescar más" Pescador: "¿y para que?" Turista: "para crecer y comprar más barcos que te permitan tener una flota" Pescador: "¿y para que?" Turista: "para crecer y tener una compañía fuerte y entrar en los mercados extranjeros" Pescador: "¿y para que?" Turista: "para cotizar en bolsa y convertirte en una multinacional" Pescador: "¿y para que?" Turista: "para llegar a los 65 años y levantarte tarde, ir a pescar un par de horas. Después ir a por tus nietos al colegio. Después ir a comer. Después de una buena siesta jugar con tus nietos y llevarlos a actividades extraescolares. A continuación hacerles de cenar y luego irte de parranda con tus amigos.

viernes, 6 de noviembre de 2015

Zanahorios de la hostelería

Siempre tengo muy en cuenta la opinión de quien me lee, la opinión como bien a proteger, no como que me vaya a afectar. En un artículo anterior predije la subida de la cifra del paro para el mes de agosto. No, no soy un visionario, no soy un zanahorio. ¿Y que es un zanahorio? Pues es un personaje, de entornos rurales de la España profunda, que es capaz de predecir lo que ocurre, que si va a llover, que si fulanita está preñada, que si de este invierno no pasa tal o cual abuelo. Pues no, no soy ningún zanahorio, no tengo el don de la predicción pero lo que sí tengo es capacidad de observación.
Como ya escribí en un artículo estoy en mi búsqueda incansable de trabajo y por eso he visitado muchos hoteles de la costa del sol. Con conocimiento de causa y conocimiento de las plantillas puedo afirmar que en agosto ningún hotel estuvo al 100 % de plantilla, que no es en ningún caso decir que estuviese completo en cuanto a ocupación. El efecto psicológico del despido y el miedo de quedarse en la calle ha hecho que las plantillas sean altamente competitivas y que los índices de absentismo laboral caigan. Donde antes había una baja laboral por una torcedura de tobillo ahora hay una tobillera bien prieta y a seguir pateando sin dar muestras de dolor por la cuenta que nos trae. Tanto es así que los ratios son de vértigo. Jamás en la historia del Hotel  XXX se dieron los ratios que se dan ahora, con Pitufo Capullo a la cabeza, director de alimentación y bebidas, el ratio de clientes por camarero en desayuno es de 110. ¿Y eso que quiere decir? Pues depende de para quien. Para Pitufo Capullo que es un iluso es la mejor de las cifras, para su director el “Pitufo gruñon” pues me imagino que una cifra muy buena y una medallita para su pupilo. Lo que pasa es que desde donde yo lo veo, amén que haya otras opiniones, recuerdo que son como el ombligo, cada uno tiene el suyo, es todo un fracaso. Y me explico. Un fracaso para el inversor porque tiene clientes que estoy seguro que nunca más volverán al hotel por la falta de atención y por la mala atención. Pero además no han conseguido que Pitufina venga a su hora, sigue llegando todos los días tarde y yéndose todos los días antes. No han conseguido que Pitufo Escaqueador  rinda un mínimo suficiente como para cubrir su nómina. Sólo ha conseguido de los chavales eventuales alguna hernia discal más. Tampoco han conseguido evitar que a última hora de la noche Pitufina presumida  se ponga a comer en mitad de la sala con actitud chulesca. No han conseguido que el señorito Gárgamel  deje de insultar al personal a su cargo. Y cuando salga todo a la luz será cuando falten los pilares, la caballería pesada, Papa Pitufo de mi alma, Pitufo currante, Pitufo trabajador, Pitufo Colaborador, Pitufo eventual, Pitufo temporal  y otros que sostienen la mala gestión.  Tal y como dijo el Cid Campeador, que buenos vasallos seríamos si tuviésemos un buen señor. Y esos pésimos gestores consiguen unas cifras estupendas para este año, con record de turistas y record de plantilla ajustada, el mínimo coste, omitiendo todas las señales exteriores de advertencia, omitiendo las teorías del crecimiento sostenido, omitiendo las opiniones negativas vertidas por sus propios clientes, omitiendo los quejidos de su negocio. Y por encima de todo falseando los comentarios de sus clientes desde ordenadores privados del mismo personal. Esta es la antesala de la nueva moda. Los clientes que ya no quieren pagar porque los traten como animales buscarán el lugar de vacaciones donde los traten como personas y eso desgraciadamente no volverá a ser en la costa del sol, que por perder perdió hasta las mayúsculas. Aún recuerdo una señora mayor con su marido. Venían de Irlanda. Eran simpáticos. Llevaban  15 años veraneando en el hotel X. Saben perfectamente quien es el gerente del hotel. Entre otras cosas porque nunca les saluda. Como ella misma dijo, ha tenido 15 años de oportunidades para poder saludarnos. Y no solo eso sino que si nos veía hablar con ellos se sentía molesto. Les pregunté por qué nos elegían para veranear y la contestación fue la ubicación pero que si sintiesen un poco de calor igual consumirían en el restaurante y en el bar, cosa que no hacían. Llegados a cierto momento tampoco les pesaría buscar otro destino. Pues tenemos los clientes que buscamos. Les echamos de comer como a los cochinos y esperamos que se porten como personas, cuan equivocados estamos.
Y ahora si es posible busquen una explicación para el record de estancias turísticas y un aumento de las cifras del paro. Y voy más allá, el día 30 el titular de un periódico decía que había record de ocupación turística en agosto. Madre mía los zanahorios, los zanahorios de la prensa, resulta que cuando estaba de gestor cerraba cuentas en septiembre del tirmestre (julio, agosto, septiembre) y lo entregaba antes del 21 de octubre y sin embargo la prensa sabe las cifras el 30 de agosto. Maravillosos ZANAHORIOS.




Así se lo he contado, lean y argumente pero por encima de todo juzguen por sí mismos.

10/9/2014

domingo, 27 de septiembre de 2015

Apuntes sobre la Consejería de Salud de Andalucía.

Competencias de la Consejería de Salud.

La ejecución de directivas y criterios generales de la política de salud, planificación y asistencia sanitaria, asignación de recursos a programas y demarcaciones territoriales, alta dirección, inspección y evaluación de actividades, centros y servicios sanitarios.

Políticas de consumo de la Junta de Andalucía.

Todas las políticas de la Junta de Andalucía en materia de salud y consumo que tengan carácter transversal.

Bajo la superior dirección del titular, la estructura es:

·         Viceconsejería.
·         Secretaría general de salud pública y consumo.
·         Secretaría general de investigación, desarrollo e innovación.
·         Secretaría general técnica.
·         Dirección general de salud pública y ordenación farmacéutica.
·         Dirección general de consumo.
·         Dirección general de investigación y gestión del conocimiento.

Viceconsejería.

·         Secretaría general de salud pública y consumo.
·         Secretaría general de investigación, desarrollo e innovación.
·         Secretaría general técnica.

SAS (Servicio Andaluz de Salud)

Órganos o centros directivos del SAS.

·         Dirección Gerencia (rango de Viceconsejero).
·         Dirección general de asistencia sanitaria y resultados en salud.
·         Dirección general de profesionales.
·         Dirección general de gestión económica y servicios.

Escuela de salud pública.

Fundaciones públicas andaluzas y rey Fahd.

Se adscribe como servicio administrativo sin personalidad jurídica propia a la agencia de evaluación de tecnologías sanitarias de Andalucía.
El consejero estará asistido por un gabinete.

Régimen de suplencias.

El consejero será suplido por el viceconsejero.
El viceconsejero será suplido por quien diga el consejero.
Los titulares de secretarías o dirección gerencia por quien designe el Viceconsejero.
Los titulares de direcciones generales de la consejería de salud por la que designe el secretario general de salud pública y consumo  o del secretario general de investigación, desarrollo e innovación según dependencia.
Y las personas titulares de las direcciones generales del SAS por la persona que designe el Gerente.

Viceconsejería.

 Ejerce jefatura superior de la consejería después del titular. Forma parte de comisión general de viceconsejeros. Asume representación ordinaria y la delegación general de la consejería. Asume de manera expresa lo que delegue el consejero.

Definición y coordinación de políticas intersectoriales de la consejería.
Definición y coordinación de las políticas de salud pública, calidad de los servicios sanitarios.
Ordenación farmacéutica, investigación, desarrollo e innovación y de protección de derechos de las personas consumidoras.
Seguimiento y control de parámetros de eficiencia integral del sistema sanitario público de Andalucía.
Planificación económica y financiera.
Diseño e impulso de estrategias de sostenibilidad y sinergias en los recursos, así como evaluación y control de la gestión económica y financiera.
 Planificación de las políticas de calidad.
Definición de políticas de sistemas y tecnologías de la información y del conocimiento.
Coordinación y control de sistemas de información, registro y estadística oficiales de la consejería.
Aplicar principio de igualdad entre mujeres y hombres y de transparencia pública.
Impulso y coordinación de las políticas relacionadas con la UE así como cooperación internacional para desarrollo y relaciones con la ONG.
Orientación, tutela y control técnico de la Escuela Andaluza de salud pública.
Alta dirección, impulso y coordinación de los distintos órganos directivos de la consejería.
Cumplimiento de las decisiones tomadas por el consejero, ejecución de programas de la consejería y la comunicación al resto de consejerías, organismos y entidades que mantengan relación.

Secretaría general de salud pública y consumo.

Funciones.

Impulso, dirección, supervisión y control de las políticas de salud pública y políticas intersectoriales.
Planificación y ordenación territorial. Seguimiento y control de la aplicación del derecho a la atención sanitaria en Andalucía.
Definición y evaluación de prestaciones sanitarias andaluzas y coordinación del sistema nacional de salud en materia de centros y servicios de referencia.
Dirección y coordinación de materia de atención sociosanitaria.
Coordinación de la ordenación farmacéutica y en materia de productos sanitarios.
Definición, tutela y seguimiento de los contrato-programas y planes de atención.
En situaciones de emergencia, dirección y coordinación de las enfermedades y riesgos para la salud.
Coordinación de los sistemas de información de vigilancia en salud y del bienestar, así como las redes de emergencias.
La responsabilidad de la superior dirección y coordinación de la evolución del impacto en salud.
Definición e impulso de las políticas de acción local y comunitaria en salud.
Impulso, dirección, supervisión y control de las políticas de consumo de la Junta de Andalucía.
Impulso de las políticas de promoción de la igualdad y de las que concilian la vida personal, familiar y laboral.
De la secretaría general de salud pública dependen:
·         Dirección general de salud pública y ordenación farmacéutica.
·         Dirección general de consumo.

Dirección general de investigación, desarrollo e innovación en salud.

Funciones.

Impulso, desarrollo y coordinación de política de investigación, desarrollo e innovación de la consejería de salud y política de gestión del conocimiento.
Diseño y coordinación de estrategia de excelencia.
Coordinación de política en investigación biosanitaria con el Plan Andaluz de  Investigación, desarrollo e innovación en el marco del sistema andaluz del Conocimiento.
Definición de las líneas prioritarias de investigación, desarrollo e innovación. Aplicación y promoción de la transferencia de tecnología en este sector.
Elaboración y fomento de políticas de innovación organizativa asistencial y tecnológica. Promoción de proyectos de innovación tecnológica en colaboración con sectores académicos e industriales.
Planificación estratégica de las políticas de formación, desarrollo profesional y acreditación profesional del sistema sanitario público de Andalucía.
Coordinación con las diferentes universidades de Andalucía en materia de formación pregrado, postgrado e investigación y seguimiento de convenios suscritos con ellas.
De la secretaría general de investigación, desarrollo e innovación en salud depende la dirección general de investigación  y gestión del conocimiento.

Secretaría general técnica.

Administración general de la consejería.
Organización y racionalización de las unidades y servicios de la consejería.
Elaboración del anteproyecto del presupuesto de la consejería.
Gestión económica y presupuestaria, así como la gestión de la contratación administrativa.
Control y seguimiento del inventario general de obras equipamiento e instalaciones relativas al sistema sanitario público de Andalucía.
Asistencia jurídica, técnica y administrativa a los órganos de la consejería.
Gestión de personal sin perjuicio del viceconsejero que es quien ostenta la jefatura superior.
Elaboración, tramitación en informe de las disposiciones generales de la consejería y la coordinación legislativa con otros departamentos y administraciones públicas.
Tratamiento informático de la gestión de la consejería y desarrollo de la administración electrónica.
Desarrollo, mantenimiento y explotación de herramientas de seguimiento y evaluación económica.
Funciones generales de administración, registro y archivo central.
A la secretaría general técnica le corresponde la dirección y coordinación de la Inspección de Servicios Sanitarios de la Junta de Andalucía.

Dirección general de salud pública y ordenación farmacéutica.

Funciones.

Evaluación del estado de salud. Diseño y evaluación del Plan Andaluz de Salud y desarrollo y evaluación de Planes integrales y sectoriales.
Control de enfermedades y riesgos para la salud en situaciones de emergencia sanitaria.
Coordinación y comunicación del riesgo.
Organización de la respuesta ante alertas y crisis sanitarias.
Gestión de la red de Alertas de Andalucía y coordinación con otras nacionales y de CCAA.
Dirección y coordinación de los sistemas de información de vigilancia en salud de Andalucía.
Autorizaciones administrativas sanitarias en  su materia.
Dirección, ejecución y evaluación en materia de promoción, prevención, vigilancia, protección de la salud, salud laboral así como control sanitario e intervención Pública en seguridad alimentaria, salud ambiental y otros factores que inciden sobre la salud pública.
Gestión y ejecución de la acción territorial, incluida planes locales de salud (asesoramiento).
Incrementos de la seguridad del paciente y a reducir los riesgos de la atención sanitaria.
Autorización, homologación y registro de centros, servicios y establecimientos sanitarios así como ejercicio de la potestad sancionadora por incumplimiento de normativa vigente.
Coordinación de los programas de farmavigilancia y sus convenios.
Ordenación farmacéutica en la comunidad autónoma. Planificación y autorización de establecimientos farmacéuticos.
Potestad sancionadora por incumplimiento de normativa vigente en materia de farmacia.
Competencias en materia de productos sanitarios.
Control de publicidad y propaganda comercial de los medicamentos de uso humano.
Ordenación, inspección y sanción en materia de infracciones sanitarias.

Dirección general de consumo.

Funciones.

Coordinación, desarrollo, ejecución, evaluación y seguimiento de la planificación estratégica en materia de protección de intereses y derechos de las personas consumidoras  y usuarias de Andalucía.
Planificación integral educativa y formativa en materia de consumo.
Planificación, potenciación y coordinación de los sistemas de información y asesoramiento relativo a los intereses de las personas consumidoras y usuarias en Andalucía así como impulso de las oficinas municipales de información al consumidor.
Promoción y organización de campañas de información a la persona consumidora y usuaria.
Planificación, propuesta de ordenación y coordinación de las actividades de control e inspección de los bienes de consumo. Ejercicio de la potestad sancionadora.
Coordinación y organización de la red de alerta de productos de consumo.
Impulso, gestión y coordinación del arbitraje de consumo.
Regularización de los procedimientos de reclamación y mediación en materia de consumo.
Fomento del asociacionismo.
Reglamentación y gestión del registro público de asociaciones de consumidores y usuarios en Andalucía.

Dirección general de investigación y gestión del conocimiento.

Funciones.

Dirección y ejecución de las políticas de investigación, desarrollo e innovación de la consejería de salud así como las políticas de gestión del conocimiento.
Autorización de proyectos de investigación biomédica.
Seguimiento, evaluación y control de los contrato-programas de los proveedores de servicios sanitarios.
Desarrollo y ejecución de políticas de mejora de calidad, definición de los procesos asistenciales y los criterios de calidad y evaluación por cada uno de ellos, impulso para su plena implantación.
Dirección, ejecución y evaluación de las políticas de acreditación y certificación de calidad.
Mantenimiento y explotación del registro público de profesionales sanitarios de Andalucía, como procedimiento de consulta.
Estudio de la demografía de los profesionales sanitarios.
Planificación de los programas de formación continua.
Planificación y coordinación de formación de especialistas.
Habilitación para el ejercicio profesional, certificación y reconocimiento de cualificaciones profesionales obtenidos en estados miembros de la UE.
Gestión de los convenios con las universidades.

SAS (Servicio Andaluz de Salud)

Es una agencia administrativa adscrita a la consejería de salud.

Funciones.

Gestión del conjunto de prestaciones sanitarias en el terreno del promoción y protección de la salud, prevención de enfermedades, asistencia sanitaria y rehabilitación.
Administración y gestión de instituciones, centros y servicios sanitarios bajo la dependencia orgánica y funcional.
Gestión de recursos humanos, recursos materiales y recursos financieros que se le asignen para desarrollo de  su actividad.

Dirección Gerencia del SAS.

Representación legal del SAS y dirección y coordinación de entidades adscritas.
Definición de modelos organizativos y dirección de la estructura orgánica, funcional y de gestión del SAS.
Autorización, modificación y supresión de las unidades de gestión clínica y  determinar su nivel de autonomía.
Jefatura superior del personal adscrito al SAS, convocatoria de puestos directivos y cargos intermedios del personal estatutario.
Desarrollo y coordinación de las políticas de sistemas y tecnologías de la información y conocimiento del ámbito del SAS.
Información y conocimiento del ámbito del SAS.
Programación, dirección, gestión, evaluación interna y control de todas las actividades desarrolladas en los centros del SAS. ( y entidades adscritas).
Suscripción de acuerdos y convenios.
Implementación de las fórmulas de participación.
Dirección y fijación de criterios administrativos, económicos y financieros, designación de centros de gastos y autorización de gastos y ordenación de pagos.
Gestión de las obras, equipamientos e instalaciones del SAS.
Propuestas de actuación a la consejería de salud.
Gestión operativa y desarrollo efectivo de las estrategias de investigación biomédicas.
Dirección del control interno en materia de gestión económica.
Resolución de procedimientos de responsabilidad patrimonial.
Revisión de oficio y actos nulos y declaración de lesividad.
Determinación de los servicios de atención especializada.
Implementación de los planes integrales y sectoriales de carácter asistencial.
De la dirección de Gerencia dependen la dirección general de asistencia sanitaria y resultados en salud, la dirección general de profesionales y la dirección general de gestión económica y servicios.

Dirección general de asistencia sanitaria y resultados en salud.

Dirección y gestión de la actividad asistencial de calidad.
Dirección de la gestión de los servicios sanitarios del SAS y entidades adscritas.
Consolidación de la gestión clínica como modelo para la práctica asistencial.
Planificación, coordinación y evaluación de las unidades de gestión clínica.
Dirección operativa de planes integrales y procesos asistenciales.
Consolidación de criterios de utilización, eficaz y eficiente, de la prestación farmacéutica con criterios de calidad. Uso racional del medioambiente.
Gestión de prestaciones farmacéuticas, productos dietéticos, prestaciones ortoprotésicos y transporte sanitario.
Evaluación y control del gasto farmacéutico.
Definición de la actividad sanitaria concertada del SAS. Planificación y evaluación de la asistencia sanitaria especializada concertada.
Gestión de los procedimientos de reintegro o asunción del gasto sanitario prestado por centros privados.
Gestión y evaluación de los riesgos sanitarios derivados de la responsabilidad patrimonial.
Planificación operativa de los recursos humanos y materiales.
Impulso y evaluación para mejorar la continuidad e integridad de la asistencia sanitaria.
Definición funcional, explotación y control de los sistemas de información.

Dirección general de gestión económica y servicios.

Definición, dirección, coordinación, ejecución, seguimiento y evaluación de la política presupuestaria del SAS elaboración de anteproyectos de presupuesto, asignación de créditos autorizados a los centros de gastos y gestión de los derechos de contenido económico.
Propuesta, implantación, seguimiento y evaluación de criterios de distribución de financiación en los centros del SAS.
Política de compras y logística integral del SAS.
Definición de estructuras integradas para la contratación de obras, bienes y servicios para centros sanitarios del sistema sanitario público de Andalucía de cada provincia.
Definición, dirección y seguimiento de servicios derivados de los procesos industriales y de confortabilidad de los centros del SAS.
Política energética y ambiental.

Obligaciones del SAS.


Análisis, seguimiento y control de costes de líneas de gastos en la gestión económica, presupuestaria y financiera.
Control interno en materia de gestión económica de los centros del SAS.
Diseño, desarrollo, implantación, seguimiento y explotación de los sistemas de información necesarios.

Contenido

Competencias de la Consejería de Salud.Políticas de consumo de la Junta de Andalucía.Bajo la superior dirección del titular, la estructura es:Viceconsejería.SAS (Servicio Andaluz de Salud)Órganos o centros directivos del SAS.Escuela de salud pública.Fundaciones públicas andaluzas y rey Fahd.Régimen de suplencias.Viceconsejería.Secretaría general de salud pública y consumo.Funciones.Dirección general de investigación, desarrollo e innovación en salud.Funciones.Secretaría general técnica.Dirección general de salud pública y ordenación farmacéutica.Funciones.Dirección general de consumo.Funciones.Dirección general de investigación y gestión del conocimiento.Funciones.SAS (Servicio Andaluz de Salud)Funciones.Dirección Gerencia del SAS.Dirección general de asistencia sanitaria y resultados en salud.Dirección general de gestión económica y servicios.Obligaciones del SAS.



sábado, 19 de septiembre de 2015

El archivo.

Definiciones.


Normas de clasificación.
  •   Sencillez.
  •   Rapidez de localización.
  •   Economía.



Componentes que forman un archivo.
  •    -Carpetas (nombres o números).
  •    -Las guias (separación por grupos).
  •    -Guias-falta.
  •    -Fichas (anotaciones que facilitan busqueda de documentos en el archivo).
  •    -Ficheros. Muebles que contienen fichas.
  •    -Bucks. Archivadores anexos a la mesa de trabajo.
  •    -Archivadores del tipo Z.



Funciones del archivo.
  •    -Recibir.
  •    -Conservar.
  •    -Servir.



Transferencias.
  •    -Ordinaria o directa.
  •    -Extraordinaria o indirecta.



Conservar.
   -Medidas para la perdurabilidad de los documentos.
  •       *Mantenimiento y control de instalaciones del arcchivo.
  •       *Medidas preventivas
  •                                                      >Humedad.
  •                                                      >Temperatura
  •                                                      >Anti-incendio.
  •                                                      >Antirrobo.

  •       *Restauración de documentos deteriorados.
  •       *Reproducción de documentos sensibles.

   -Clasificación y ordenación.


Salida en archivo.
  •    -Descripción de fondos de documentos integrados en archivos.
  •                                                             *Dar información.
  •                                                             *Control al archivero.

  •    -Comunicación de información de los documentos.
  •                                                            *Administración.
  •                                                            *Ciudadanos.
  •                                                            *Investigadores.

  •    -Difusión pública.



Servicios de los archivos.
   -Préstamo. Solo si solicita la administración. Hoja de préstamo. Libro registro de salida de documentos.
   -Consulta. Documentos utilizados en las propias instalaciones.
   -Reproducción de documentos.
                           *Fotocopia.
                           *Fotografía.
                           *Microfilm.
   -Certificaciones. Copia literal de documentos autentificados.
   -Informaciones generales sobre cualquier aspecto del archivo.


Clases de archivos.

Categoría jurídica.
   -Públicos.
   -Privados.


Funciones de entidades públicas.
   -Estatales.
   -Autonómicas.
   -Locales.
   -Judiciales.
   -Militares.


Privados.
   -Personales.
   -Nobiliarios.
   -Eclesiásticos.
   -Empresas o compañías mercantiles.


De estado.
   -Monistreriales.
   -Cortes.
   -Audiencias territoriales.
   -Delegaciones de Hacienda.
   -Históricos.
  

Eclesiásticos.
   -Catedralicios.
   -Diocesanos.
   -Parroquiales.
   -Monacales.


Según la edad de los documentos conservados.
   -Gestión
   -Intermedios.
   -Históricos.


Ámbito territorial.
   -Locales.
   -Provinciales.
   -Regionales.
   -Generales.


Clases de documentos.
   -Textuales.
   -Audiovisuales.
   -Cartográficos.
   -Informáticos.


Posibilidad o no de recibir transferencias documentales.
   -Abiertos.
   -Cerrados.


Combinación de características.

El archivo general de Indias de Sevilla. Es un archivo histórico, de carácter público, de fondos cerrados, de titularidad estatal, de ámbito general (intercontinental) y de documentos textuales y gráficos.


Tratamiento de documentos de archivo de gestión.
   -Iniciación en el registro general.
   -Formación de expedientes.
   -Clasificación. 
   -Ordenación.
   -Recuperación de la información.
   -Transferencia de fondos.

Principio de procedencia. Fondos documentales de los archivos deben conservarse manteniendo su organización original.
Principio de integridad de los fondos. Los documentos de un archivo no deben de sufrir fragmentaciones ni eliminaciones no autorizadas ni la edición de elementos extraños de cualquier procedencia.


Operaciones fundamentales.
   -Clasificar. Separar estableciendo clases o grupos. Quedan integrados en sistema orgánico y jerárquico.
   -Ordenar. Unir documentos dentro de un grupo ya definido, estableciendo de antemanos un a unidad-orden.


Agrupaciones documentales.
   -Fondo documental.- Totalidad de documentos generada y recibida por una institución o persona.
   -Sección,- Documentos generados y recibidos por una división administrativa.
          -Subsecciones. Dependencias administrativas.
  -Serie.- Cada sección o subsección de un archivo está integrado por documentos agrupados en series, como resultado y testimonio de actividades concretas.
   - Pieza documental y Unidad.- Cada serie está compuesta por Piezas singulares (piezas documentales) o por piezas compuestas (unidades archivísticas).


Clasificación.
Totalidad de fondo o sección de fondo.
Fondo se divide, se clasifica en secciónes y estas en series con caracteres comunes.
Actividad intelectual profunda.
Intenso conocimiento de la documentación.


Ordenación.
Documentos concretos.
Cada serie se ordenará de forma cronológica, alfabética y numérica.
Actividad mecánica. Una vez elegida la unidad-orden para la serie determinada.




viernes, 28 de agosto de 2015

Resumen de la Constitución

 


 
Título Preliminar

Art 1.                La Soberanía reside en el Pueblo.
Art 2.                Unidad de la nación y Dº a la autonomía.
Art 3.                El castellano y las demás lenguas españolas.
Art 4.                La Bandera de España y de las CCAA.
Art 5.                La capital del Eº es la Villa de Madrid.
Art 6.                Partidos políticos.
Art 7.                Sindicatos y asociaciones empresariales.
Art 8.                Fuerzas Armadas.
Art 9.                Respeto a la ley, lbtad e igualdad y Gas Jurídicas.

Título I- De los Dos y Dbres fundamentales

Art 10.             Dº de las personas.

Capítulo I- De los Españoles y los extranjeros

Art 11.             Nacionalidad.
Art 12.             Mayoría de edad a los 18 años.
Art 13.             Dº de los extrajeros.

Capítulo II-Dos y Lbtdes

Art 14.             Igualdad ante la ley.

Sección I- De los Dos fundamentales y las Lbtdes políticas

Art 15.             Dº a la vida.
Art 16.             Lbrtad ideológica y religiosa.
Art 17.             Dº a la Lbrtad personal.
Art 18.             Dº a la intimidad. Inviolabilidad del domicilio.
Art 19.             Lbrtad de residencia y circulación.
Art 20.             Lbrtad de expresión.
Art 21.             Dº de reunión.
Art 22.             Dº de asociación.
Art 23.             Dº de participación.
Art 24.             Protección judicial de los Dos.
Art 25.             Pº de legalidad penal. Trabajo remunerado para los presos.
Art 26.             Prohibición de los tribunales de honor.
Art 27.             Lbrtad de enseñanza. Dº a la educación. Autonomía universitaria.
Art 28.             Lbrtad de sindicación. Dº a la huelga.
Art 29.             Dº de petición.

Sección II- De los Dos y Dbres de los ciudadanos

Art 30.             Servicio militar y objeción de consciencia.
Art 31.             Sistema tributario.
Art 32.             Matrimonio.
Art 33.             Dº a la propiedad.
Art 34.             Dº a la fundación.
Art 35.             El trabajo, Dº y Dbr.
Art 36.             Colegios profesionales.
Art 37.             Convenios y conflictos laborales.
Art 38.             Lbtad de empresa. Economía de mercado.

Capitulo III- De los Pos rectores de la política social y económica

Art 39.             Protección a la familia y a la infancia.
Art 40.             Redistribución de la renta. Pleno empleo. FP. Jornada y descanso laboral.
Art 41.             Seguridad Social.
Art 42.             Emigrantes.
Art 43.             Protección a la salud. Fomento del deporte.
Art 44.             Acceso a la cultura.
Art 45.             Medio ambiente. Calidad de vida.
Art 46.             Conservación del patrimonio artístico.
Art 47.             Dº a la vivienda. Utilización del suelo.
Art 48.             Participación de la juventud.
Art 49.             Atención a los disminuidos físicos.
Art 50.             Tercera edad.
Art 51.             Defensa de los consumidores.
Art 52.             Organizaciones profesionales.

Capítulo IV- De las Gas de las Lbrtdes y Dos fundamentales

Art 53.             Tutela de la Lbrtdes y Dos. Recurso de Amparo.
Art 54.             El Defensor del Pueblo.

Capítulo V- De la suspensión de los Dos y Lbrtdes.

Art 55.             Suspensión de Dos y Lbrtdes.

Título II- De la corona

Art 56.             El Rey.
Art 57.             Sucesión en la Corona. El Príncipe de Asturias.
Art 58.             La Reina.
Art 59.             La Regencia.
Art 60.             Tutela del Rey.
Art 61.             Juramento obligatorio del Rey.
Art 62.             Funciones del Rey.
Art 63.             Más funciones del Rey.
Art 64.             Refrendo de los actos del Rey.
Art 65.             La Casa del Rey.

Título III- De las Cortes Generales

Capítulo I- De las Cámaras.

Art 66.             Cortes Generales: potestad legislativa y control del Gobierno.
Art 67.             El mandato parlamentario.
Art 68.             El Congreso de los Diputados. Sistema electoral. Cuatro años de legislatura.
Art 69.             El Senado. Cámara de representación territorial. Cuatro años de legislatura.
Art 70.             Incompatibilidades e inelegibilidades.
Art 71.             Inviolabilidad e inmunidad parlamentarias.
Art 72.             Reglamento de las Cámaras.
Art 73.             Sesión de las Cámaras.
Art 74.             Sesión conjunta de las Cámaras.
Art 75.             El Pleno y las Comisiones de las Cámaras.
Art 76.             Comisión de investigación.
Art 77.             Petición a las Cámaras.
Art 78.             Diputaciones permanentes.
Art 79.             Adopción de acuerdos.
Art 80.             Publicidad de las sesiones.

Capítulo II- De la elaboración de leyes

Art 81.             Las leyes orgánicas.
Art 82.             La delegación legislativa. Refundición de textos legales.
Art 83.             Limitación a las leyes base.
Art 84.             Si ley o enmienda va en contra de delegación legislativa en vigor, podrá derogar total o parcial la ley de derogación.
Art 85.             Decretos legislativos.
Art 86.             Decretos-leyes y su convalidación.
Art 87.             Iniciativa legislativa. Iniciativa legislativa de las CCAA. Iniciativa legislativa popular.
Art 88.             Proyectos ley.
Art 89.             Proposiciones de ley.
Art 90.             Actuación legislativa del Senado.
Art 91.             Sanción y promulgación de las leyes.
Art 92.             Referéndum.

Capítulo III- De los tratados internacionales

Art 93.             Tratados internacionales.
Art 94.             Autorización de las Cortes para determinados Tratados Internacionales.
Art 95.             Los tratados internacionales y la Constitución.
Art 96.             Derogación y denuncia de los Tratados y Convenios.

Título IV- Del Gobierno y de la Administración

Art 97.             El Gobierno.
Art 98.             Composición y estatuto del Gobierno.
Art 99.             Nombramiento del Presidente del Gobierno. El voto de investidura.
Art 100.          Nombramiento de los ministros.
Art 101.          Cese del Gobierno.
Art 102.          Responsabilidad de los miembros del Gobierno.
Art 103.          La Administración Pública. Estatutos de funcionarios públicos.
Art 104.          Las Fuerzas y Cuerpos de seguridad del Eº.
Art 105.          Participación de los ciudadanos.
Art 106.          Control judicial de la administración.
Art 107.          El Consejo de Eº.

Título V- De las relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales

Art 108.          Responsabilidad del Gobierno ante el Parlamento.
Art 109.          Dº de información de la Cámaras.
Art 110.          El Gobierno en las Cámaras
Art 111.          Interpelaciones y preguntas.
Art 112.          La cuestión de confianza.
Art 113.          Moción de censura.
Art 114.          Dimisión del Gobierno.
Art 115.          Disolución de las Cámaras.
Art 116.          Eº de Alarma. Eº de excepción. Eº de Sitio.

Título VI- El Poder Judicial

Art 117.          Independencia de la justicia. Inmovilidad de los jueces y magistrados. Unidad jurisdiccional.
Art 118.          Colaboración con la justicia.
Art 119.          Gratuidad de la justicia.
Art 120.          Publicidad de las actuaciones judiciales.
Art 121.          Indemnización por errores judiciales.
Art 122.          Juzgados y tribunales. Consejo general del Poder Judicial.
Art 123.          El tribunal Supremo.
Art 124.          El ministerio fiscal. El Fiscal General del Eº.
Art 125.          Institución del Jurado.
Art 126.          Policía judicial.
Art 127.          Incompatibilidades de jueces, magistrados y Fiscales.

Título VII- Economía y hacienda

Art 128.          Función pública de la riqueza.
Art 129.          Participación en la empresa y en los organismos públicos.
Art 130.          Desarrollo del sector económico.
Art 131.          Planificación de la actividad económica.
Art 132.          Bienes de dominio público.
Art 133.          Potestad tributaria.
Art 134.          Los presupuestos generales del Eº.
Art 135.          Deuda pública. Pº de estabilidad presupuestaria.
Art 136.          Tribunal de Cuentas.

Título VIII- De la organización territorial del Eº

Capítulo I- Pos generales

Art 137.          Municipios, Provincias y CCAA.
Art 138.          Solidaridad e igualdad territorial.
Art 139.          Igualdad de los españoles en los territorios del Eº.

Capítulo II- De la Administración Local

Art 140.          Autonomía y democracia local.
Art 141.          Las provincias, Las islas.
Art 142.          Las Haciendas Locales.

Capítulo III- De las comunidades autónomas

Art 143.          Autogobierno de las CCAA. Iniciativa autonómica.
Art 144.          Cortes generales podrá por interés nacional autorizar las constitución de CCAA, autorizar o acordar Estatuto de Autonomía o sustituir la iniciativa de las CCLL.
Art 145.          Cooperación entre CCAA.
Art 146.          Elaboración del Estatuto.
Art 147.          Los estatutos de autonomía. Reforma de los estatutos de autonomía.
Art 148.          Competencias de las CCAA.
Art 149.          Competencias exclusivas del Eº. Servicio del Eº a la cultura.
Art 150.          Coordinación de competencias legislativas.
Art 151.          Elaboración del estatuto en régimen especial.
Art 152.          Órganos de las CCAA.
Art 153.          Control de los órganos de las CCAA.
Art 154.          Delegado del Gobierno en las CCAA.
Art 155.          Caso que las CCAA no cumplieren las obligaciones que la constitución o leyes impongan…..
Art 156.          Autonomía financiera de las CCAA.
Art 157.          Recursos de las CCAA.
Art 158.          Fondo de compensación territorial.

Título IX- Del Tribunal Constitucional

Art 159.          El Tribunal Constitucional.
Art 160.          Presidente del Tribunal Constitucional.
Art 161.          Competencias del Tribunal Constitucional.
Art 162.          Recurso de inconstitucionalidad y de amparo.
Art 163.          .-……..
Art 164.          Sentencias del Tribunal Constitucional.
Art 165.          Ley orgánica para Tribunal Constitucional.

Título X- De la reforma de la Constitución

Art 166.          Reforma constitucional.
Art 167.          Proyectos 3/5 partes de cada Cámara. Caso que no, entonces, 2/3 del Congreso, sometimiento a referéndum para su ratificación.
Art 168.          Reformas esenciales de la Constitución.
Art 169.          No reforma si hay guerra o casos del art. 116.

Disposiciones Adicionales

      Primera. Dº histórico de los territorios forales.
      Segunda. La mayoría de edad del art. 12 no perjudica a situaciones de Dº foral.
      Tercera y Cuarta. Régimen económico y local de Canarias.

Disposiciones Transitorias

Primera.  Iniciativa de elaboración del Estatuto de Autonomía por los órganos preautonómicos.
Segunda.
Tercera.
Cuarta. Navarra.
Quinta. Ceuta y Melilla.
Sexta.
Séptima. Disolución de organismos provisionales autonómicos.
Octava. Las actuales Cámaras y el Gobierno después de aprobarse la Constitución.

Disposición Derogatoria

Derogación de las leyes fundamentales.
Derogación de las leyes de 25 de octubre de 1839 y 21 de julio de 1876.

Disposición Final

Esta Constitución entrará en vigor el mismo día de la publicación de su texto oficial en el BOE.  Se publicará también en las demás lenguas de España.










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